• 04 MAY DE 2024

¿Hace Uber? Revise si cumple los nuevos requisitos o arriesga presidio y feroz multa

Uber |

La nueva normativa, según trascendió, ingresará a Contraloría el próximo 19 de enero.

Se acerca a pasos agigantando el ingreso a Contraloría de la llamada "Ley Uber", que implicará nuevos requisitos para quienes se dediquen a este rubro.

Según anticipó La Tercera, el reglamento que rayará la cancha a las aplicaciones de transporte de pasajeros ingresará a contraloría el próximo 19 de enero.

La empresa Uber anticipó que la normativa sacará a la mitad de los actuales choferes de las calles y asustó a la clientela con una feroz alza de los precios.


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aplicación Uber
"Uno de cada dos quedará fuera": anticipan que "Ley Uber" sacará a mitad de choferes y precios de los viajes se duplicarán

El gerente general de Uber Chile, Federico Prada, anticipó que habrá zonas de Chile donde, sencillamente, la aplicación dejará de operar.

 

Pero, en lo concreto, la nueva Ley Uber implicará cuatro puntos clave, que si usted no los cumple le significará fuertes sanciones si se dedica a este rubro.

El citado medio detalló estos cuatro requisitos básicos, que la autoridad indicó que regularán el mercado y le darán más seguridad a los clientes.

 

¿Cuáles serán los requisitos de la "Ley Uber" para los choferes?

1. El vehículo deberá tener como mínimo una cilindrada de 1.4 litros

2. Los autos deberán contar con una antigüedad de máximo 7 años. Los móviles que cumplan con este punto deberá ser inscritos en un registro. Los vehículos anteriores a 2017, por ejemplo, no podrán trabajar en estas APPs.

3. Los conductores tendrán que tener licencia clase A2, que es la misma que se les exige a los taxistas.

4. Cumplir con las exigencias de seguridad, de antigüedad, técnicas y tecnológicas que se definan en el reglamento. Además, los nuevos "Uber" tendrá que “exhibir un distintivo que reúna las características que este determine y cuyo uso será obligatorio”.

¿Cuáles serán las multas para los que no cumplan con los requisitos?

El conductor que se arriesgue y transporte pasajeros sin contar con los requisitos será sancionado con la suspensión de su licencia de conductor por el término de 6 meses.

Además, se le aplicará lo dispuesto en el inciso primero del artículo 194 de la Ley de Tránsito, o sea, presidio menor en su grado mínimo a medio -de 61 días a 3 años. Además, serán sancionados con una multa a beneficio fiscal de entre 5 y 50 UTM.

Los autos usados y que no cumplan con la normativa serán retirados de circulación por parte de Carabineros de Chile o inspectores fiscales, y deberán permanecer a lo menos 15 días en custodia, poniéndolos a disposición del tribunal competente en los lugares habilitados por las municipalidades para tal efecto.

La normativa incluso contempla multas para los pasajeros, que a sabiendas acepte la prestación irregular de estos servicios de transporte.

En este caso los clientes serán sancionado por el juez de policía local con multa de 1 a 3 unidades tributarias mensuales.

Alejandro Villegas

Editor general, veranista empedernido e historiador del jet set nacional.
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