"Debería estar en el psiquiátrico": Sujeto que agredió brutalmente a conserje tomó "retiro espiritual para sanarse"
El sujeto, identificado como Martín de los Santos Lehmann, atacó al adulto mayor en Vitacura.
Para votar con el carnet vencido solo puede haber expirado partir del 1 de enero de 2020.
Este domingo 17 de diciembre se llevará a cabo el Plebiscito Constitucional, donde se debe votar "A Favor" o "En Contra" de la propuesta constitucional.
Cabe destacar que en esta votación el sufragio obligatorio y para cumplir con el deber ciudadano se debe exhibir carnet de identidad o pasaporte.
A pesar de que se debe votar idealmente con los documentos personales vigentes, también se puede sufragar con el carnet o pasaporte vencido, aunque tiene una condición.
¿Cuál es la condición para votar con los documentos personales vencidos? Para votar con el carnet vencido solo puede haber expirado partir del 1 de enero de 2020.
Es de vital importancia mencionar que tener los documentos personales vencidos no es una excusa para no votar en el Plebiscito Constitucional.
El domingo 17 de diciembre se deberá votar "A Favor" o "En Contra" de la propuesta constitucional redactada por el Consejo Constitucional.
Estas son las cuatro excusas para no votar el domingo 17 de diciembre:
El sujeto, identificado como Martín de los Santos Lehmann, atacó al adulto mayor en Vitacura.
La víctima tenía 26 semanas de embarazo cuando fue asesinada por su ex.
Los vocales designados que no puedan cumplir con su deber podrán presentar excusas a la Junta Electoral entre el 9 y 11 de junio.