• 16 OCT DE 2024

Diputada Ahumada propone Estado de Protección Permanente de Uso Excepcional en la Constitución

Yovana Ahumada |

La medida se aplicaría cuando se afecte gravemente el desarrollo de la vida de los ciudadanos, tales como casos de grave y reiterada alteración del orden público, acciones que ocasionen terror o atentados constantes contra la propiedad privada, entre otros. 

La Diputada Yovana Ahumada, envió un proyecto que propone un Estado de Protección Permanente de Uso Excepcional en la Constitución.

Cabe recordar que el Estado de Emergencia fue decretado el pasado 16 de mayo por el Gobierno de Chile, donde se estipuló que se permite el despliegue de las Fuerzas Armadas en la región de La Araucanía, las provincias de Arauco y del Biobío en la Región del Biobío.

“Los actos terroristas, delincuencia, violencia extrema, descontrol social y la llegada del crimen organizado internacional, han llegado a un punto de no retorno, con un gobierno que no se atreve a usar los estados de excepción constitucional existentes, en protección de la ciudadanía, me obliga a tomar acción como legisladora con esta iniciativa para entregar un alivio a la población de Antofagasta y de todo Chile que sienten constantemente, sensación de miedo, temor y pánico”, expresó la representante del Partido de la Gente.


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¿Cómo se aplicaría el proyecto?

Esta reforma a la Carta Magna se aplicaría en las siguientes situaciones o contextos:

Cuando se afecte gravemente el normal desarrollo de la vida de los ciudadanos, cuando la delincuencia supere las capacidades de Carabineros de Chile  o Policía de Investigaciones (PDI), en caso de grave y reiterada alteración del orden público, en caso de acciones reiteradas que ocasionen terror en toda o parte de la sociedad, o por atentados reiterados contra la propiedad privada de una zona o sector determinado.

Este nuevo Estado de Emergencia, lo podrá declarar el Presidente de la República, Gabriel Boric, determinando las zonas afectadas por dichas circunstancias. Este no podrá extenderse por más de 60 días, sin perjuicio de que el mandatario podrá por única vez prorrogarlo por igual período. De igual forma, si el Ejecutivo se niega a aplicar esta medida puede ser solicitada por los diputados con la aprobación de la Cámara de Diputados y el Senado.