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La abogada y socia de grupodefensa.cl aclara todas las dudas de las personas que hayan decidido poner fin a un matrimonio, que dejó la vida en común.
Con el cese de convivencia, explica Carmen Gloria Arroyo, abogada y socia de grupodefensa.cl, “las personas acreditan la fecha desde que un matrimonio dejó la vida en común".
La "Jueza", de TVN, agregó que la figura corresponde "a lo que se conocía -antiguamente- como separación de hecho".
"Realizar este trámite es un requisito obligatorio en caso de que el divorcio sea unilateral o de común de acuerdo”, advirtió.
Los datos indican que más de 4 millones de personas mayores de 18 años presentan deudas morosas, por lo que es urgente enfrentar el tema.
Esto, siempre cuando el matrimonio haya sido celebrado posterior al 17 de noviembre de 2004. Si se realizó antes de esa fecha, la separación de hecho se puede acreditar con testigos sin tener la necesidad de realizar el trámite de cese de convivencia.
Existen distintas formas de realizar el trámite del cese de convivencia. Una de ellas es solicitar un acta de cese de convivencia ante el Registro Civil, por ambos cónyuges, de forma presencial o virtual.
Otra alternativa es mediante una escritura pública, trámite que se debe realizar ante un notario.
El abogado laboral y socio de Grupodefensa,cl, Rodrigo Valdivia, resolvió las dudas para resguardar los derechos del trabajador despedido.
Carmen Gloria Araya aclara que este trámite de cese de convivencia se puede efectuar por medio de otros mecanismos,
También se podría acreditar el cese de convivencia mostrando la notificación de alguna demanda que regule materias de familia como: alimentos que se deban los cónyuges.
Los bienes familiares o las materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio; o las relaciones con los hijos, como los alimentos, el cuidado personal o la relación directa y regular (visitas) que mantendrá con ellos la madre o el padre que no viva con ellos.
Video: Hinchas de Colo Colo sorprenden con improvisado asado arriba de una microhttps://t.co/qYE0nyZrbm
— La Hora (@DiarioLaHora) August 22, 2022
La abogada Arroyo, especialista en derecho de familia, indica que existen tres tipos de divorcio, los que detalla a continuación:
[caption id="attachment_18810" align="alignnone" width="300"] Carmen Gloria Arroyo es abogada y socia de grupodefensa.cl.[/caption]
Para hacer el trámite del cese de convivencia, aclara Carmen Gloria Arroyo, “no es obligatorio contar con el patrocinio de un abogado, pero sí es necesaria la representación de un abogado para presentar la demanda de divorcio".
"Los Tribunales de Familia exigen un abogado para su tramitación, independiente del tipo de divorcio que solicites”, concluyó.
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El Mineduc recordó que hay un calendario diferente en ciertas zonas del país.
La candidata suspendería su militancia en el partido comunista.