• 26 ABR DE 2024

Grupo Defensa Responde: ¿Qué es la cobranza extrajudicial?

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En Grupo Defensa Responde el abogado Mario Espinosa, explicará qué es la cobranza extrajudicial y cuáles son los derechos de los trabajadores.

Los reclamos relacionados con las cobranzas extrajudiciales son habituales en el SERNAC. De hecho, sólo el año pasado se recibieron cerca de 14.314 casos, y hasta marzo de 2022 ya suman alrededor de 3.474, principalmente por hostigamiento, cobrar deudas que no corresponden o acciones que afectan la estabilidad laboral o tranquilidad del deudor como informar la deuda a terceros.

Cabe destacar que en Chile existen más de 4 millones de personas morosas, lo que equivale a un 27,7% de los ciudadanos mayores de 18 años.

En ese sentido, en el nuevo capítulo de Grupo Defensa Responde, Mario Espinosa, abogado y socio de Grupodefensa.cl, explicó los alcances de la prescripción de una deuda.


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Mario Espinosa explicó que la cobranza extrajudicial es el procedimiento regulado por la Ley del Consumidor y que realizan las empresas para informar al deudor sobre la mora o el retraso en el cumplimiento de sus obligaciones.

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¿En qué consiste esta nueva ley de cobranza extrajudicial?

La Ley 21.230 tiene como finalidad limitar las llamadas de cobranza telefónicas abusivas por parte de las empresas en contra de los deudores; fortaleciendo así los derechos de los consumidores.

Si bien la antigua normativa establecía que las empresas no podían hostigar ni informar a otras personas sobre las deudas de los consumidores, no existía un mecanismo ni una ley que controlaba el número de llamadas que tanto proveedores o las empresas de cobranza hacían en contra de sus deudores.

Debido a esto, se modifica la ley y obliga a los proveedores (y especialmente a las empresas de cobranza) a limitar los llamados y contactos que realizan a sus clientes.

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5 cosas qué NO pueden hacer las empresas de cobranza

Por último, el abogado de Grupo Defensa reveló 5 cosas que las empresas de cobranza no pueden realizar:

  1. Informar a terceros de tu situación de morosidad.
  2. Llamar a tu familia por tus deudas. 
  3. Dejarte recados con tus compañeros de trabajo o jefatura. 
  4. Enviarte cartas que simulen ser demandas judiciales.
  5. Amenazarte con embargo o el remate de tus bienes. Esto sólo lo decreta un tribunal en un proceso de cobranza judicial.

Repasa acá el capítulo de Grupo Defensa Responde:

Fernanda Gajardo

Amante de la escritura. Especializada en redacción y producción de noticias sobre temas relevantes y contingentes.
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