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Un punto importante y que destacó el Servicio Nacional del Consumidor, fue que las empresas no pueden realizar modificaciones unilaterales a los términos y condiciones.
Tras varios reclamos por cobros indebidos y sin consentimiento, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a la empresa de delivery Rappi.
Estos cobros fuera de lugar se deben al lanzamiento de nuevas menbresías denominadas "Rappi Pro" y "Rappi Pro Black".
Aproximadamente 20 reclamos fueron los que recibió el Sernac de los consumidores por cargos mensuales de suscripción sin autorización. A esto se suma que los usuarios expresaron su malestar por redes sociales, los que no dudaron en viralizarse.
Si bien la explicación sobre su estado de salud pudo ayudar a entender su equivocación, la actitud de la mujer no, por lo que el desahogo siguió.
Un punto importante y que destacó el Sernac, fue que las empresas no pueden realizar modificaciones unilaterales a los términos y condiciones, por ende, no se pueden realizar cobros que no sean parte de las condiciones originalmente acordadas.
A lo anterior se suma que la Ley del Consumidor obliga a las empresas a informar anticipadamente sobre cualquier modificación y aumento en el valor del servicio, donde el cliente tiene la opción de aceptar o rechazar.
Hay que destacar que el servicio por el que se está oficiando a Rappi, es "Rappi Pro", el que reemplazó a "Rappi Prime", este tiene un costo de $4.990 mensuales. A este se suma la suscripción "Rappi Pro Black" el que entrega más beneficios y tiene un costo de $7.990 mensual.
La prestigiosa revista comunicó que el patrimonio de los seis más magnates del país creció en 300 millones de dólares.
Entre los antecedentes se encuentra la activiación sin consentimiento de las membresías "Rappi Pro" y "Rappi Pro Black", siendo cobradas en las tarjetas de los consumidores afectados.
La empresa tiene 5 días hábiles de plazo para entregar los datos e información requerida. En caso de detectar alguna infracción a la Ley del Consumidor, el Servicio Nacional del Consumidor tomará las acciones necesarias. Por último, si se comprueba el cobro indebido de estas membresías, se analizará una demanda colectiva con los afectados.
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