• 22 DIC DE 2024

Bono por hijo: ¿Cómo recibir este apoyo económico?

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Te dejamos los detalles de este Bono por Hijo al que puedes acceder si eres madre.

El Gobierno de Chile ha implementado un significativo apoyo para las madres del país a través del Bono por Hijo, un beneficio que busca incrementar las pensiones de jubilación de las madres biológicas o adoptivas una vez que alcancen la edad de 65 años.

Aunque es importante destacar que este bono no se otorga en el momento del nacimiento del hijo, su impacto a largo plazo es importante.

La entrega de este bono está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS), la entidad encargada de gestionar y entregar los beneficios sociales en Chile.


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En caso de adopción, tanto la madre biológica como la madre adoptiva tienen derecho a recibir este apoyo financiero.

Para saber si eres beneficiada con este bono, sigue estos pasos:

  • Ingresar a IPS en Línea
  • Seleccionar el recuadro azul de "Personas"
  • Digita tu RUT y pulsa en "Consultar"
  • Selecciona el recuadro "Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y "Bono por Hijo"
  • La plataforma posteriormente te indicará si eres beneficiario (a) o no.
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¿Cuáles son los requisitos para acceder el Bono por Hijo?

  • Haber cumplido los 65 años de edad
  • Vivir en Chile por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años.
  • Haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
  • Estar afiliada a una AFP y haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Ser titular de una Pensión Básica Solidaria de Vejez y haber obtenido su pensión a contar del 1 de julio de 2009.
  • Si no estás afiliada a una previsión, haber recibido una pensión de sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS a contar del 1 de julio de 2009.

El Bono por Hijo consta de dos categorías al momento de la entrega del aporte:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio del año 2009, se considera el ingreso mínimo vigente en dicha fecha, que corresponde a $165 mil. 
  • Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo que se considera es el vigente durante el mes de su nacimiento.