• 11 MAR DE 2026

Tribunal Constitucional aprueba ley que castiga a delincuentes de "cuello y corbata"

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Ya que el proyecto de ley ha sido revisado y no presenta reparos constitucionales, puede ser promulgado y publicado como ley.

Sin duda un hecho particular es que el pleno del Tribunal Constitucional (TC) haya rechazado la existencia de "vicios de inconstitucionalidad" en la ley que sanciona los delitos económicos y medioambientales, permitiendo así que la norma entre en vigencia lo antes posible.

La resolución del TC se dio a conocer después de completar la revisión y análisis del proyecto de ley para abordar los llamados "delitos de cuello y corbata", que fue enviado por la Cámara de Diputados para su control constitucional el 20 de junio.

En el ínterin, la Cámara de Producción y Comercio presentó una presentación ante el Tribunal Constitucional alegando supuestos vicios de constitucionalidad en el texto.


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Según el gremio, que representa a algunas de las empresas más importantes del país en términos de producción, el proyecto "atenta contra el propio orden público económico al 'seleccionar' a un determinado grupo de personas que trabajan en ciertas organizaciones, para aplicar un régimen punitivo distinto, y ciertamente más gravoso, que el general".

Téngase presente

En relación a los "téngase presente" incorporados por legisladores para respaldar el proyecto, el Tribunal Constitucional decidió agregarlos al expediente sin analizarlos para llevar a cabo el control de constitucionalidad correspondiente, según lo publicado por Emol.

Una vez que el Tribunal Constitucional comunique su fallo al Congreso, a la Contraloría General de la República y al Ejecutivo, y se haya constatado que el proyecto de ley no presenta reparos constitucionales, podrá ser promulgado como ley y entrar en vigencia en las mismas condiciones en las que fue enviado desde el Congreso, incluso considerando el veto que haya sido introducido por el gobierno.

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Proyecto sobre delitos de económicos y medioambientales

La propuesta legislativa abordó el tema del comiso de ganancias ilegítimas, incluso en casos de sobreseimiento o sentencias absolutorias, enfocándose en el concepto de "enriquecimiento sin causa". Además, se introdujo la figura de los "días/multa", estableciendo multas por cada día de infracción penal. Se estableció una "responsabilidad especial" para aquellos que ejerzan un control dentro de las empresas.

En relación a los atentados contra la libre competencia, como la colusión, se estableció un proceso sancionatorio para aquellos que actúen en beneficio propio en perjuicio de la sociedad o de los demás accionistas.

El proyecto también contempla la regulación de delitos ambientales, estableciendo penas efectivas de cárcel en casos de contaminación u otros atentados medioambientales.

Otros delitos

La propuesta legislativa también aborda los delitos cometidos en el ámbito del mercado de valores y los delitos bancarios. Se consideran aquellos delitos cometidos en el ejercicio de un cargo o función dentro de una empresa o en beneficio de la misma, como los delitos tributarios o contra el medio ambiente. También se contempla la responsabilidad penal de las empresas y se establece un nuevo catálogo de delitos ambientales para abordar la urgencia ambiental.

La ley establece un sistema de "días-multa" que determina la pena y la multa de manera proporcional a la gravedad del delito, calculada en base al ingreso promedio diario del condenado. En algunos casos, se prevé la sanción penal con privación de libertad.

Además de aplicarse a empresas, la normativa se extiende a personas jurídicas religiosas, partidos políticos, empresas estatales, sociedades y universidades del Estado.