• 18 OCT DE 2024

Bono Invierno: revisa si te darán el pago adicional en junio

bono invierno |

Cabe destacar que a este bono no se postula, debido se otorgará automáticamente a las personas que cumplan con los requisitos que establece la ley.

El pasado 1 de junio el Presidente de la República, Gabriel Boric, anunció un pago extra de $60 mil por el Bono Invierno 2023.

Este anuncio aumentará el beneficio a 60.000 mil pesos, y los beneficiarios serán más de 1.600.000 personas pensionadas, quienes recibirán aproximadamente 135.000 mil pesos.

Según mencionó el ministro de Desarrollo Social y Familia, Giorgio Jackson, "esto se va a pagar de manera automática, no requiere ni postulación ni nada, a la misma nómina se va a complementar con estos 60 mil pesos, lo más probable a fines de la próxima semana o la subsiguiente a más tardar, pero la idea es que esto a fines de junio ya este pagado".


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Gabriel Boric
Bono Invierno: sepa cuándo se entregará el pago extraordinario

Este martes, el presidente Gabriel Boric, firmó el proyecto de ley que aumentará en $60.000, el Bono de Invierno, el que alcanzará un monto de $134.767

Requisitos para obtener el Bono Invierno

Cabe destacar que el Bono Invierno es un beneficio no postulable, ya que lo reciben los adultos mayores de 65 años, que cumplan los siguientes requisitos:

Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:

  • Instituto de Previsión Social
  • Instituto de Seguridad Laboral
  • Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena)
  • Mutualidades de Empleadores

Personas pensionadas del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez, que se encuentren recibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.

Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.

Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

Fernanda Gajardo

Amante de la escritura. Especializada en redacción y producción de noticias sobre temas relevantes y contingentes.
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