Una buena noticia para los conductores generó este lunes el Congreso, luego de que la Cámara de Diputadas y Diputados despachara directo al Presidente Gabriel Boric los cambios de la ley, que buscan una prórroga para las licencias de conducir vencidas. Esto producto del colapso que existía en las municipalidades y la escases de horas para regularizar el trámite.
Luego de analizar las modificaciones del Senado, la cámara aprobó la propuesta y fue derivada al Ejecutivo para ser promulgada como ley.
A su vez, este proyecto que pronto será promulgado indica que existirán dos grupos que podrán solicitar la prórroga. También es importante precisar que no se exige un certificado que confirme el cumplimiento de los requisitos de idoneidad física y síquica, como lo demanda la Ley de Tránsito.
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Cabe recordar que en medio de las fiscalizaciones que se han realizado en distintas partes del país, muchos conductores mostraron su molestia producto de las largas esperas que tenían que vivir para conseguir hora para renovar el documento, incluso algunos indicaban que tenían fecha hasta para fin de año.
¿En qué consiste la extensión?
La modificación de la ley indica que se dividirán en dos grupos. La primera prórroga de vigencia de las licencias de conducir de dos años, está enfocada "para aquellos documentos cuyo control correspondía realizarlo originalmente durante el año 2022", según consigna el sitio de la Cámara.
Mientras que la prórroga de un año (contando de la fecha de vencimiento indicada en el documento), se rige para "todas las licencias de conductor cuyo control corresponde realizarse originalmente durante los años 2023 y 2024".
Ley Jacinta: en qué consiste este nuevo proyecto sobre las licencias de conducir
La iniciativa lleva el nombre de la pequeña que murió en agosto del 2022, tras ser atropellada en un accidente causado por un conductor de 80 años.
Por otra parte, la ley indica que, "las licencias no profesionales clase B, C o especiales, cuyo control corresponda realizar originalmente durante los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, se renovarán por el plazo que resta conforme lo establecido en el artículo 19, contado desde la fecha de vencimiento consignada en el documento".
Finalmente, se expresa que, "las licencias profesionales. También, respecto de aquellas que se entregan en forma especial a quienes no cumplen a cabalidad con las aptitudes físicas o psíquicas (art. 22). En tales casos, la renovación se otorgará por el término que corresponda de acuerdo a las reglas generales".