• 23 NOV DE 2024

CMF impone multa a Banco Estado por no restituir fondos en caso de estafa

Banco Estado recibe multa por no reintegrar dinero en casos de fraude |

La entidad financiera de origen estatal recibió una fuerte multa por no cumplir su deber con los usuarios

La Comisión para el Mercado Financiero, conocida comúnmente como CMF, impuso una penalización monetaria de UF 4.000, lo que equivale a un total de $141.190 pesos chilenos al Banco Estado, por no cumplir con la devolución oportuna de los fondos a los usuarios en caso de robo o fraude.

El no cumplir con esta medida es una infracción directa a la Ley N° 20.009, que obliga a la entidad financiera a retribuir el dinero a sus usuarios, así lo indica el artículo 5° de dicha ley, que indica que los bancos deberán cancelar los cargos realizados o restituir los fondos en el caso de que un usuario desconozca haber otorgado su autorización o consentimiento.

Banco Estado
¿Qué le pasó? Banco Estado informa sobre funcionamiento de plataformas

A través de redes sociales los usuarios reclamaron por la caída del servicio. Esto provocó problemas con la aplicación, página web y hasta caja vecina.


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¿Cuántos usuarios fueron afectados?

Según lo indicado por la autoridad financiera, se identificaron 488 casos en que Banco Estado no dio curso a las respectivas cancelaciones o restituciones en el plazo legal, dicho plazo comenzaba 5 días hábiles contados desde la fecha en que el usuario hizo el reclamo en la institución financiera estatal, en caso de que el monto sustraído fuera igual o menor a 35 UF.

En caso de que la cantidad de dinero fuera superior a esa cifra, el banco pagaba 35 UF en el plazo inicial y contaba con 7 días más para cancelar el resto del dinero o acudir a la policia, teniendo que informar al usuario de cualquier decisión que la entidad financiera tome en ese caso.

 

Otras faltas de parte de Banco Estado

Además del incumplimiento de la retribución o cancelación de los pagos sospechosos, la CMF indicó que Banco Estado trangredió lo indicado en el artículo 11 de la Ley N° 20.009,  que la entidad financiera no respetó, debido: "No publicó en su sitio web, en un plazo de 15 días hábiles, la información semestral de casos afectados por extravío, hurto, robo o fraude en tarjetas de pago o transacciones electrónicas".