• 23 NOV DE 2024

¿Qué hacer frente al alza en los planes de salud en las isapres? 

A_UNO_792027 (1) | Agencia Uno

El abogado y socio grupodefensa.cl, Mario Espinosa, se refirió al alza de las isapres en los planes de salud para 2022-2023.

Tras el fallo de la Corte Suprema sobre los nuevos lineamientos de la Superintendencia de Salud, las isapres han anunciado un alza en los planes de salud para 2022-2023.

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Cabe destacar que después del 25 de septiembre, los afiliados tendrán plazo hasta el 5 de octubre para cambiar de plan, renunciar a la isapre u oponerse al alza.


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¿Qué hacer frente al alza en los planes de salud?

El abogado y socio grupodefensa.cl, Mario Espinosa, informó que "la Corte suprema no prohibió las adecuaciones por parte de las Isapres, pero sí las condicionó primero a que al tope sería el establecido por la Superintendencia de Salud, de 7,6% y, además, al cumplimiento de ciertos requisitos relativos a fundamentar detalladamente el por qué del alza solicitada, indicando fundamentos económicos, financieros, de mercado, alza en costos operacionales, etc; todo lo cual debía informarse e incluirse en la comunicación enviada los clientes".

Asimismo, se refirió a los plazos para oponerse al alza, aseverando que "la comunicación que cada Isapre envió a sus clientes el 25 de septiembre, entrega a los afiliados un plazo de 10 días para aceptar el cambio; cambiarse de plan dentro de la Isapre, o bien, renunciar al plan de salud y cambiarse de Isapre o irse a Fonasa.

"Si nada dice el afiliado dentro de ese plazo, se entiende que acepta el alza", destacó el abogado.

Por último, al consultarle si se pueden judicializar los casos, Mario Espinosa afirmó que "dependerá del tipo de comunicación que haya enviado cada Isapre a cada afiliado".

Agregando que "desde ya la Corte Suprema ha hecho un llamado a no presentar recursos de protección por si acaso, pues si la Isapre ha cumplido con lo ordenado por la Corte Suprema y por la Superintendencia en este proceso de adecuaciones, en principio no procedería un recurso de protección, ya que dicha alza no sería ilegal ni arbitraria".

"Dependerá de cada caso y decisión de cada afiliado. Siempre existirá el derecho a accionar por vía de recurso de protección y el plazo es de 30 días corridos, contados desde la recepción de la carta de adecuación. Si estima que la Isapre no ha cumplido con fundamentar y comunicar fundadamente los motivos y justificaciones del alza impuesta, el recurso podría ser exitoso. Sin embargo, lo que hemos visto, a la fecha, es que las Isapres han sido bastante cautelosas en fundar latamente en las cartas y en sitios web puestos a disposición de los afiliados, los justificativos financieros, operacionales y económicos del alza determinada", concluyó el abogado y socio grupodefensa.cl.

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Fernanda Gajardo

Amante de la escritura. Especializada en redacción y producción de noticias sobre temas relevantes y contingentes.
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