El lunes 2 de mayo la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellena, anunció el ingreso con suma urgencia del proyecto de ley sobre responsabilidad parental y el pago efectivo de deudas de alimentos.
Respecto a los detalles de la iniciativa, la ministra informó que “lo que estamos estableciendo en el proyecto es ampliar la búsqueda de patrimonio a todos los instrumentos posibles, estas son las instituciones que le reportan a la Comisión de Mercado Financiero, pero también a los fondos de pensiones”.
Agregando que “quien no tenga patrimonio disponible en instrumentos financieros, el total de la deuda podrá ser cargado a sus fondos de pensiones. Eso es algo importante porque no es un pago fraccionado”.
"Creemos que las mujeres no pueden seguir esperando, en especial los niños y adolescentes que esperan una solución pertinente”, concluyó.
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Es de vital importancia recordar que entre julio de 2020 y abril del 2022, se presentaron 953.706 solicitudes de retención por deuda de pensión alimenticia durante los tres retiros del 10%.
¿De qué se trata el proyecto?
El proyecto establece que si existe una deuda de tres meses impagos o cinco meses de pagos parciales, el representante legal del o los menores de edad, tendrá la facultad de presentar al tribunal una orden de pago a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias y otro instrumento de inversión.
Luego de 48 horas de presentar la solicitud, el juzgado debe informar a las instituciones, quienes en un plazo de 10 días hábiles deben informar los saldos, movimientos y todo lo que se considere necesario para el pago de la pensión de alimentos.
Cabe destacar que si el deudor no tiene fondos o estos son insuficientes para el pago total, podrá cobrarse en la cuenta de capitalización individual obligatoria.