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A partir de este miércoles 28 de mayo comienza a aplicarse la ley de funerales de alto riesgo, una normativa que entrega nuevas facultades a las policías y busca prevenir situaciones de violencia
Este miércoles 28 de mayo entra en vigencia la ley que regula los funerales considerados de alto riesgo. La normativa, promulgada el 24 de noviembre de 2024, establece medidas especiales para manejar este tipo de ceremonias cuando representan una posible amenaza para la seguridad pública.
El delegado presidencial de la Región Metropolitana, Gonzalo Durán, explicó que cuando Carabineros tenga conocimiento de una muerte cuyas circunstancias o personas vinculadas puedan implicar riesgos, deberá notificar inmediatamente al delegado o delegada presidencial, sin importar la hora.
Carabineros cifró que en los últimos cuatro años se registraron 1.518 sepelios de alto riesgo con armas y pirotecnia.
Una vez recibida la alerta, la autoridad tiene un plazo de dos horas para emitir un primer informe técnico que detalle tanto las condiciones del fallecimiento como los antecedentes de las personas involucradas, como órdenes de detención vigentes o historial delictual. Si se determina que existe un riesgo, la Delegación solicitará informes complementarios a la PDI, Gendarmería y a Carabineros, tras lo cual se emite una resolución que califica el funeral como de alto riesgo.
A partir de ese momento se activan medidas especiales: Carabineros podrá definir el recorrido del cortejo, ordenar el traslado del cuerpo directamente desde el Servicio Médico Legal al cementerio y realizar controles de identidad a quienes asistan al funeral.
Durán aclaró que estas acciones no impiden la presencia de familiares o amigos, pero otorgan facultades especiales a las policías para fiscalizar a quienes se encuentren en las inmediaciones. También se podrán aplicar controles de identidad, de alcoholemia y de drogas al ingreso del cementerio, con el fin de reducir posibles amenazas.
Respecto a las sanciones por incumplimiento, el delegado señaló que si la familia del fallecido no acata las disposiciones de la autoridad, se podrá ordenar la inhumación o cremación del cuerpo bajo los protocolos establecidos para personas en situación de indigencia o sin identificación, incluso en contra de la voluntad de los familiares.
Con estas medidas, concluyó Durán, el Estado busca minimizar los factores de riesgo asociados a determinados funerales y resguardar la seguridad de la ciudadanía.
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