Gasco confirma compensaciones para familias de fallecidos en tragedia de Renca
A la fecha son 15 las personas que fallecieron en el accidente en la autopista de General Velásquez.
Hoy entró en vigencia la ley 21.601, que trae dolorosas sanciones para quienes incumplan las normas.
Este viernes 10 de noviembre entraron en vigencia las modificaciones a la Ley de Tránsito, que implica multas millonarias para nuevas infracciones.
Una de las principales novedades es la sanción a quienes carguen combustible en vehículos sin patente o con las placas adulteradas.
Recuerde que la ley 21.601 modificó la Ley de Tránsito con artículos que buscan reducir y castigar la venta de autos robados con duras multas.
La normativa se endureció y las sanciones llegan hasta la cancelación definitiva de la licencia de conducir.
La nueva Ley de Tránsito considera la prohibición de venta y carga de combustible a vehículos motorizados que no cuenten con placa patente delantera o trasera.
Esta infracción contempla una multa de que va desde las 10 a 100 UTM, o sea, hasta 6.3 millones de pesos de acuerdo al cálculo actual.
La norma también aumentó de 3 a 50 UTM, a 5 a 75 UTM el rango de multa para quien compre un vehículo y no lo inscriba en el Registro Civil.
Desde hoy existe un plazo máximo de 30 días, que comienzan a correr tras la fecha de su adquisición, para realizar la transferencia.
También pagarán un parte aquellas personas que al vender un auto coloquen un domicilio falso o inexistente.
– no contar con permiso de circulación vigente
– dejar de portar el certificado vigente del seguro obligatorio
– sin revisión técnica o de homologación
– con placa patente en mal estado u oculta
– con el número de identificación del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado.
A la fecha son 15 las personas que fallecieron en el accidente en la autopista de General Velásquez.
Al menos la bencina y el diésel no presentarán variaciones desde este 19 de marzo.
Será un total de 14 puntos los que se ubicarán en la comuna en beneficio de sus vecinos.