Concejal exige la salida de Juvenal Olmos de La Reina tras suicidio de funcionaria
Fernando Encina cuestiona la reacción del ex DT de la Roja y director de la Corporación de Deportes, una vez enterado de un caso de abuso sexual.
Conozca las nuevas sanciones en caso de protagonizar un siniestro vial y sobre todo no detenerse a ayudar.
La Ley de Tránsito modificó las penas para conductores que en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas provoquen la muerte.
La legislación endureció los castigos para quienes provoquen mutilaciones o lesiones gravísimas en impactos, donde más encima se fuguen.
Cabe recordar que en todo accidente del tránsito donde se produzcan lesiones o muerte de alguna persona, el conductor estará obligado a detener su marcha.
Según consigna una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional, quienes choquen deben avisar a un funcionario de Carabineros enseguida.
La normativa se endureció y las sanciones llegan hasta la cancelación definitiva de la licencia de conducir.
Si en el accidente sólo se produjeron daños, el chofer recibirá una multa de tres a siete unidades tributarias mensuales UTM , o sea, entre $190 mil y $444 mil.
Además, el conductor infraccionado recibirá la suspensión de la licencia de conducir hasta por un mes.
Sin embargo, si en un accidente una persona resulta herida y el chofer no se detuvo habrá penas de cárcel.
De acuerdo a la modificación de la Ley de Tránsito ese conductor se expondrá a una sanción de presidio menor en su grado medio (541 días a tres años de presidio), inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y multa de siete a diez unidades tributarias mensuales.
En caso de pasajeros fallecidos o con lesiones gravísimas (demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme) las penas serán mayores.
De hecho, se aplicará una pena de presidio menor en su grado máximo (de 3 años y un día a cinco años de presidio), inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, multa de 11 a 20 unidades tributarias mensuales y con el comiso del vehículo con que se ha cometido el delito.
– Si la persona es reincidente en este tipo de delitos, salvo que ya hubiese pasado diez años, en el caso de un crimen o de cinco en caso de un simple delito.
– Si se trata de un conductor profesional que participó en el accidente ejerciendo sus funciones.
– Si el responsable conducía el vehículo con su licencia de conducir cancelada, o si estaba inhabilitado a perpetuidad para conducir vehículos motorizados.
Fernando Encina cuestiona la reacción del ex DT de la Roja y director de la Corporación de Deportes, una vez enterado de un caso de abuso sexual.
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Por cerca de 30 minutos estuvieron detenidas al menos cuatro estaciones de la Línea 1.