Más de tres mil jóvenes de la RM se certificaron como líderes
El Gobernador de la RM Claudio Orrego cerró este sábado la academia de liderazgo Jóvenes Protagonistas, capacitación que desarrolló durante todo el año la fundación Observa Ciudadanía.
Conozca las nuevas sanciones en caso de protagonizar un siniestro vial y sobre todo no detenerse a ayudar.
La Ley de Tránsito modificó las penas para conductores que en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas provoquen la muerte.
La legislación endureció los castigos para quienes provoquen mutilaciones o lesiones gravísimas en impactos, donde más encima se fuguen.
Cabe recordar que en todo accidente del tránsito donde se produzcan lesiones o muerte de alguna persona, el conductor estará obligado a detener su marcha.
Según consigna una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional, quienes choquen deben avisar a un funcionario de Carabineros enseguida.
La normativa se endureció y las sanciones llegan hasta la cancelación definitiva de la licencia de conducir.
Si en el accidente sólo se produjeron daños, el chofer recibirá una multa de tres a siete unidades tributarias mensuales UTM , o sea, entre $190 mil y $444 mil.
Además, el conductor infraccionado recibirá la suspensión de la licencia de conducir hasta por un mes.
Sin embargo, si en un accidente una persona resulta herida y el chofer no se detuvo habrá penas de cárcel.
De acuerdo a la modificación de la Ley de Tránsito ese conductor se expondrá a una sanción de presidio menor en su grado medio (541 días a tres años de presidio), inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y multa de siete a diez unidades tributarias mensuales.
En caso de pasajeros fallecidos o con lesiones gravísimas (demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme) las penas serán mayores.
De hecho, se aplicará una pena de presidio menor en su grado máximo (de 3 años y un día a cinco años de presidio), inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, multa de 11 a 20 unidades tributarias mensuales y con el comiso del vehículo con que se ha cometido el delito.
– Si la persona es reincidente en este tipo de delitos, salvo que ya hubiese pasado diez años, en el caso de un crimen o de cinco en caso de un simple delito.
– Si se trata de un conductor profesional que participó en el accidente ejerciendo sus funciones.
– Si el responsable conducía el vehículo con su licencia de conducir cancelada, o si estaba inhabilitado a perpetuidad para conducir vehículos motorizados.
El Gobernador de la RM Claudio Orrego cerró este sábado la academia de liderazgo Jóvenes Protagonistas, capacitación que desarrolló durante todo el año la fundación Observa Ciudadanía.
Los hechos de violencia se han repetido en el sector donde colindan las comunas de Providencia y Ñuñoa.
El siniestro, que movilizó a bomberos de diez compañías, se originó en un edificio ubicado en San Alfonso con Sazié.