• 23 NOV DE 2024

Sindicato de agentes de ventas gana batalla judicial contra cementerio por disputa sobre los horarios laborales

IMAGEN LA HORA (29) |

¿Bajo qué régimen laboral se rigen los agentes de ventas de los cementerios? Ese fue el eje central de la disputa jurídica que mantuvieron el Sindicato Nº 3 del camposanto y la Inmobiliaria Parques y Jardines SA, la firma controladora de los cementerios Parque del Sendero.

El argumento de los trabajadores, que fueron representados por los abogados Ariel Rossel y Claudio Fuentes, es que pese a que los agentes de venta fueron contratados bajo el artículo 22, inciso segundo, del Código del Trabajo, ellos efectivamente están sujetos a una jornada de trabajo.

Para apoyar este punto, indican -por ejemplo- que todos los días se les exige un horario de ingreso, que tienen reuniones agendadas con anticipación y que cuentan con supervisores directos que está al tanto de todas las acciones de estos funcionarios.

El conflicto data desde septiembre del año 2022, momento en que el sindicado, a través de sus abogados, interpuso una acción declarativa ante los Juzgados Laborales del Trabajo, con el fin que se declare que los agentes de venta están sujetos a una jornada de trabajo.


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La parte demandada, Inmobiliaria Parques y Jardines S.A., argumentó que todos los trabajadores del Sindicato Nº 3 son agentes de ventas, los que están excluidos de la jornada de trabajo al estar contratados bajo el artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo, cumpliendo con todos los requisitos que dicha norma menciona.

El procedimiento tuvo como objetivo probar y argumentar si se cumplían o no los requisitos para considerar que los trabajadores efectivamente cumplían con un horario de trabajo.

Así, se debió establecer si los trabajadores del sindicato tenían fiscalización inmediata, cuál era la supuesta jornada de trabajo a las cuales estaban sujetos los trabajadores, entre otros.

Resolución

La jueza del 1°Juzgado de Letras del Trabajo, Luz Celedón, luego de analizar la prueba rendida por ambas partes, en la que se encontraban diversos documentos y la declaración de testigos, dictó su sentencia el 22 de agosto del 2023.

En esta resolución, no solo estableció que los trabajadores del sindicato están sujetos una jornada de trabajo, sino que obliga a los demandados a tener que suscribir anexos de contrato con los trabajadores del sindicato, estableciendo y precisando la modalidad en que se desarrolla la jornada de trabajo. Además, el cementerio deberá pagar las costas del proceso.

Desde el estudio Rossel y Fuentes indicaron que "si bien la empresa tiene el derecho de recurrir a instancias superiores, estamos disponibles para revisar en conjunto los anexos de contratos que deberán ser firmados para dar cumplimiento al fallo y así iniciar un camino de entendimiento y apoyo recíproco".

Luis Escares

Periodista y relator deportivo.
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