• 23 ABR DE 2025

Consejos para solicitar rebaja de avalúo en propiedades en Zonas de Catástrofe

A_UNO_1476202 | Agencia Uno

La Modificación se puede solicitar ahora, de manera que pueda tener efecto en el segundo pago de las contribuciones.

Tras las inundaciones que afectaron la zona centro-sur de Chile, muchas familias sufrieron la pérdida parcial o total de sus hogares. Esto podría modificar en forma considerable el pago de las contribuciones de las propiedades en las regiones que han sido declaradas Zonas de Catástrofe.

Las personas que se han visto afectadas por estas destrucciones pueden acogerse al beneficio de rebaja de avalúo, una ayuda que está disponible para las zonas declaradas como de Catástrofe y que el gobierno acogió para las regiones de Valparaíso y Biobío, que se vieron fuertemente afectadas por las inundaciones que dejaron las precipitaciones de la semana pasada. 

Según explica el defensor Nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro, esta modificación se puede solicitar ahora, de manera que pueda tener efecto en el segundo pago de las contribuciones, que según calendario tributario vence el próximo 30 de junio.


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"Si su casa se ha visto dañada por las inundaciones y está ubicada en las regiones entre Valparaíso y Biobío, que fueron declaradas hace algunos días por el gobierno como Zona de Catástrofe, se puede solicitar la rebaja del avalúo, lo que determina directamente la cuota del pago de contribuciones. Aún pueden acogerse a este beneficio considerando que el pago de la segunda cuota vence los próximos días", señaló.

Agregando que "este es un beneficio para las familias que se han visto afectadas con estas inundaciones por lo que hacemos un llamado a las personas a utilizar estas herramientas que están a su disposición para que puedan aliviar, en cierta medida, este complejo momento que enfrentan".

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El Superintendente de Bomberos, Marcelo Retamal, aseguró que "ya están trabajando, desplegándose en el río". 

¿Cómo hacerlo?

De acuerdo a lo expuesto por Ricardo Pizarro, es necesario hacer una "Solicitud de Modificación al Catastro de Bienes Raíces" a través de la entrega del Formulario 2118, en el Departamento de Avaluaciones de cualquiera de las oficinas del Servicio de Impuestos Internos independiente de la ubicación de la propiedad.

Esta solicitud puede ser presentada por el propietario, un representante o mandatario debidamente acreditado, adjuntando los antecedentes que acrediten los daños producidos (certificados, informes, fotografías, entre otros).

La modificación del avalúo va a depender de los daños registrados en la propiedad como, por ejemplo: 

  • Destrucción o pérdida total.
  • La construcción presenta daños estructurales que la hacen irrecuperable.
  • La construcción presenta daños estructurales en una parte de esta, factibles de ser reparados.
  • La construcción presenta daños constructivos (no estructurales) considerables.
  • El terreno o suelo presenta daños graves que disminuyen notoriamente su aprovechamiento.

Asimismo, Ricardo Pizarro aclaró que esta modificación se puede hacer desde el 1° de enero del año en que se verificó la causal (catástrofe), por lo que si se hace con prontitud se podría acoger para el segundo pago de la cuota de las contribuciones que vence el próximo 30 de junio. 

Añadiendo que "es importante aclarar que la rebaja se realizará, siempre que se solicite dentro del mismo año y no aplica para las cuotas de contribuciones con vencimientos en una fecha anterior al siniestro, que ya deberían haber sido pagadas".