• 28 DIC DE 2024

Bono de Invierno 2023: todo lo que necesitas saber del beneficio

Bonos |

El aporte entregará un monto de $74.767 para las personas de tercera edad y que cumplan con los requisitos solicitados.

Uno de los beneficio económico entregado por el Gobierno en la época invernal, es el Bono de Invierno, el cual está enfocado en ayudar a las y los pensionados del país en un período donde la calefacción es prioridad y un gasto constante en el hogar.

De esta forma y según lo detallado por las autoridades, este 2023, el aporte se depositará sólo una vez y en el mes de mayo, con un monto total de $74.767 y se entregará junto a la pensión del beneficiario.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono de Invierno?


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Para recibir el Bono de Invierno, no es necesario postular, ya que se otorga automáticamente a las personas que cuenten con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo de 2023
  • Recibir una pensión inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez vigente para mayores de 75 años (201.677, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si lo hubiere)
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Ya comenzaron los pagos del beneficio Subsidio a la Calefacción: revisa si eres beneficiario

A partir de esta semana se inició el proceso de pago para los beneficiarios del ex Bono Leña, el cual entrega un monto de 100 mil pesos.

Ser pensionado en entidades como:

  • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
  • Instituto de Previsión Social (como ex INP; es decir, de las excajas de reparto).
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Mutualidades de empleadores.
  • Pensionados y pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o APSV.
  • Beneficiarios y beneficiarias de la PGU.

¿Quiénes no reciben el Bono de Invierno?

Cabe destacar que existe un grupo de personas que no son beneficiarias del Bono de Invierno:

  • Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.