• 23 NOV DE 2024

Ley devuélveme mi casa entró en vigencia: ¿cómo recuperar el inmueble y el dinero que le adeuda el arrendatario?

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Durante esta jornada se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.461, que hará expedito el trámite para echar con la fuerza pública a aquellas personas que se han adueñado de viviendas rentadas sin pagar.

 

 

Este jueves 30 de junio se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.461, popularmente conocida como "Devuélveme mi casa", la que permitirá la devolución del inmueble y el "lanzamiento del arrendatario demandado con auxilio de la fuerza pública". 

De acuerdo a lo estipulado, la nueva norma "incorpora (una) medida precautoria de restitución anticipada de inmuebles y establece procedimiento monitorio de cobro de rentas de arrendamiento".


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El proyecto fue ingresado al Congreso en julio de 2019 y recién este 7 de junio culminó su proceso legal, después del control de constitucionalidad.

 

 

 

En la práctica, a partir de hoy el procedimiento para echar a un arrendatario que no ha pagado las mensualidades será expedito.

La normativa también permitirá al afectado obtener el pago de la deuda del contrato de arrendamiento por “haberse destruido parcialmente o haber quedado inutilizado para su uso como consecuencia de la acción u omisión del arrendatario en su cuidado”.

 

 

 

¿Cómo funcionará la ley?

 

En la práctica la norma indica que "a solicitud del demandante y con el mérito de lo obrado en la audiencia, el juez podrá ordenar la restitución anticipada del inmueble y el lanzamiento del arrendatario demandado, con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario".

"Esta medida será procedente en aquellos casos en que el arrendador demandare la terminación del contrato de arrendamiento y la restitución del bien arrendado, por haberse destruido parcialmente o haber quedado inutilizado para su uso como consecuencia de la acción u omisión del arrendatario en su cuidado", precisa la ley.

"En todos los casos sólo será necesario acreditar, sobre la base de los antecedentes presentados junto a la demanda y a aquellos ventilados en la audiencia, la existencia de una presunción grave del derecho que se reclama", detalla.

"Cuando lo estime necesario para acceder a la restitución anticipada del bien arrendado, el juez podrá exigir caución (garantía) al demandante con cargo a la cual se indemnizará al arrendatario demandado de los perjuicios sufridos con el lanzamiento, si es que la sentencia definitiva del juicio no lo condenare a su restitución", añade la nueva ley, que se bautizó como "Devuélveme mi casa".

 

Alejandro Villegas

Editor general, veranista empedernido e historiador del jet set nacional.
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